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lunes, 13 de agosto de 2012

¿Se acabo la ley seca? Sí, pero no..


Como continuación de la entrada anterior, transcribo ahora las notas sobre la evolución de la legislación sobre la venta y consumo de bebidas alcoholicas el día de la elección y su víspera. Al final de las notas incluyó un corolario de la conversación con el Dr. Guzmán Peredo:

El Martes 21 de febrero de 2006 se modificó el artículo 239 del Cofipe para quedar así: "El día de la elección y el precedente, a juicio de las autoridades competentes y de acuerdo con la normatividad que exista en cada entidad federativa, se ordenará, cuando sea indispensable para preservar el orden de la jornada, el cierre de los establecimientos que expendan bebidas embriagantes”
El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Pablo Alejo Núñez, impulsor de la reforma, dijo que se acaba la denominada "ley seca" y se deja al arbitrio de las autoridades de cada entidad federativa, aplicarla para conservar el orden, cuando lo consideren indispensable .
El origen de lo que coloquialmente se llamó Ley Seca es una disposición de 1915, hecha por quien en ese año era gobernador del estado de Sonora: el general Plutarco Elías Calles, quien  en el marco de la crisis política y económica que se vivía en todo el país, prohibió la elaboración y tráfico de bebidas embriagantes.
Ese mismo año de 1915, se aplicó en todo el país la restricción de venta de bebidas alcohólicas 24 horas antes de los procesos electorales y durante toda la jornada de los comicios.
Evidentemente en 1915 no existía el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), cuyo artículo 239 fue modificado para terminar con la llamada Ley Seca durante e día de las elecciones. Tampoco existía el Instituto Federal Electoral, que es la instancia encargada de organizarlas. …Vamos, ni siquiera existía la constitución de 1917.
En 1915 nos encontrábamos, como país, a unos veinte años de distancia de la elección del General Lázaro Cárdenas, como presidente, en cuyo gobierno surgirían la mayoría de las instituciones que serían la columna vertebral del régimen político que condujo el país el resto del siglo XX.
Unos años antes, en 1929, año de la autonomía universitaria, las facciones revolucionarias forman el Partido Nacional Revolucionario, antecesor del actual PRI y en 1939 Manuel Gómez Morín funda el PAN. El partido Comunista mexicano existía en la clandestinidad.  No es motivo de estas notas, pero existe toda una serie de interesantísimas historias en las que participan intelectuales y artistas de la época, como Siquieros, Rivera, Modotti, etc.
Desde el punto de vista de la elecciones y lo que estaba o no permitido hacer, hay que decir que  en esos primeros tiempos no existía un mecanismo federal, ni un órgano central que organizara las elecciones.  Éstas las coordinaban los alcaldes y los jefes políticos locales y regionales, quienes imponían a discreción las prácticas y las reglas propias para llevarlas a cabo. Por lo que en ese tiempo la ley seca, aunque era una práctica común, impuesta y vigilada por los caciques locales, no era un ordenamiento Federal de cumplimiento obligatorio.
En 1946, en el gobierno del Licenciado Miguel Alemán, se federalizó por primera vez, en el México independiente, la estructura electoral con la creación de la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, presidida por el Secretario de Gobernación, por otro miembro del gabinete, un diputado, un senador y dos representantes de los partidos políticos de mayor relevancia. Simultáneamente se crearon, las comisiones locales electorales y el consejo del padrón electoral, antecesor del actual Registro Federal de Electores.
A finales de la década de los sesenta, movimientos como el del 68 muestran que el país requiere una apertura democrática  y en 1973 se crea la Comisión Federal Electoral en cuya conformación participaban, con voz y voto, todos los partidos registrados. Ese mismo año el Registro Nacional de Electores se volvió una entidad autónoma.
Cuatro años más tarde, en 1977, se expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue la de permitir el ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas antes “proscritas” y propició su representación en los órganos legislativos. La LOPPE modificó la integración de la Comisión Federal Electoral y permitió la participación de los partidos políticos registrados –ya fuera bajo la figura de registro condicionado o definitivo- en igualdad de condiciones. La Comisión quedó conformada por el Secretario de Gobernación, un representante por cada una de las cámaras legislativas, un representante de cada partido político con registro y un notario público.
En 1987 se llevó a cabo una nueva reforma que introdujo el criterio de la representación proporcional en la integración del órgano electoral. Por esa modificación, el PRI contó con 16 representantes en la organización de las elecciones de 1988, en tanto que los representantes del Ejecutivo y el Legislativo junto con los demás partidos políticos sumaban 15 posiciones en la Comisión Federal Electoral.
Durante estos años que van de 1946 a 1988, la llamada ley seca era un ordenamiento del poder ejecutivo -a través de la Secretaría de Gobernación- que estaba representada en los distintos ordenamientos legales que daban marco jurídico al  proceso electoral.
En 1989 se emprendió una nueva reforma a la Constitución y en agosto del año siguiente se expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) el cual dio lugar a la creación del IFE como un organismo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral.  Sin embargo, el texto constitucional de 1989 establecía que la organización de las elecciones era una función estatal a cargo de  los poderes Ejecutivo y Legislativo, con la participación y corresponsabilidad de los partidos políticos y de los ciudadanos; por lo que la acción del IFE estaba supeditada a dichos poderes.
A diferencia de los organismos electorales que le precedieron, cuyas actividades eran temporales, se determinó que el IFE tuviese un carácter permanente.
Con la creación del Instituto Federal Electoral se concentraron por primera vez, en una sola organización, funciones que antes estaban aisladas y dispersas o que ni siquiera estaban consideradas, tales como: la actualización permanente del padrón electoral (el Registro Federal de Electores quedó integrado a la estructura del IFE); el registro de partidos políticos, sus plataformas y candidatos; asegurar a los partidos el disfrute de sus prerrogativas; la organización de la jornada electoral; el cómputo de las votaciones y la entrega de constancias de mayoría; la capacitación electoral y la educación cívica, así como la implantación y desarrollo del servicio profesional electoral.


El COFIPE constituye el resultado de una larga trayectoria en el desarrollo del sistema electoral mexicano y la conformación de sus bases legales. La ley electoral vigente es producto de intensas discusiones que por más de dos años sostuvo el gobierno con los diferentes partidos políticos. Entre sus avances más importantes esta la conformación de un Consejo General del IFE independiente del gobierno y cuyos integrantes son ciudadanos elegidos en la Cámara de Diputados, con el consenso de los partidos políticos.

Es precisamente éste código el que recogió la norma de no vender bebidas alcohólicas el día de la elección y su víspera y es este ordenamiento el que se modificó en 2006.  Dado que  las condiciones de seguridad en el país han ido variando desde la implementación de la llamada "ley seca" hasta nuestros días y que la creación de la norma buscaba reducir los actos de violencia extrema y los índices de delitos como el homicidio o las lesiones producidas con armas de fuego, el dictamen aprobatorio  refiere que la prohibición de venta de bebidas alcohólicas ya no tiene razón de ser. 

Añade, el dictamen, que los tiempos de violencia han quedado atrás, el nivel de civilidad política que impera en las zonas urbanas de México, la ciudadanización de las autoridades y los procesos electorales, el nivel de transparencia y confiabilidad alcanzados por las instituciones encargadas de los comicios, tanto en el orden local como en el federal, hacen obsoleta esta disposición.  

Corolario
Sin embargo en las pasadas elecciones, volvió a haber ley seca en la zona metropolitana. Tal como lo anunció entre otras publicaciones, Animal Político (http://www.animalpolitico.com/2012/06/sabado-y-domingo-habra-ley-seca-en-el-df/)
 El jueves 28 de junio se anunció que el  gobierno del DF informó que este sábado y domingo se aplicará la ley seca por las elecciones locales y federales.
El Secretario de Gobierno, Héctor Serrano, confirmó que mañana será publicada la disposición mediante la cual quedará prohibida la venta y expedición de ventas alcohólicas en todos los establecimientos mercantiles del DF.
El DF se suma, de esta forma, a lo establecido por las autoridades locales de Sinaloa, Sonora, Veracruz, Oaxaca, Guadalajara, Tamaulipas, Puebla y Chihuahua.
El decreto prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde el primer minuto del sábado 30 de junio y hasta el último minuto del domingo 1 de julio del 2012 con motivo de las elecciones en las que se votará para Presidente, alcaldes, senadores, diputados y Jefe de Gobierno.

Aunque parezca contradictorio, con las notas anteriores, lo sucedido está perfectamente acorde a lo que señala la modificación del artículo 239 del Cofipe: "El día de la elección y el precedente, a juicio de las autoridades competentes y de acuerdo con la normatividad que exista en cada entidad federativa, se ordenará, cuando sea indispensable para preservar el orden de la jornada, el cierre de los establecimientos que expendan bebidas embriagantes”, toda vez que la disposición de no vender alcohol fue una decisión de las autoridades locales y no un ordenamiento a nivel federal.  

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